sábado, 18 de febrero de 2012



-----Mensaje original-----
De: Vox Pópuli [mailto:voxpopulilatinoamerica@gmail.com]
Enviado el: Sábado, 04 de Febrero de 2012 04:18 PM
Para: Atencion Primaria
Asunto: DERECHO DE PETICIÓN PARA ACCION SOCIAL

 

Buenos Aires Argentina 6 de Enero de 2012

 

 

Dra. Paula Gaviria

Unidad de Restitución y de Apoyo a las Víctimas Departamento para la Prosperidad Social E.S.D.

 

Ref:  Derecho de Petición

 

Respetada Dra. Paula, mi nombre es Claudia  Quintero , C.C. de Cúcuta, Víctima de desplazamiento forzado por el bloque Catatumbo y frente fronteras desde el año 2005-2006, víctima de nuevo desplazamiento (2011) por mi labor como líder de desplazados y actualmente exiliada en la república argentina como solicitante de refugio.

Muy comedidamente solicito a su despacho, tramitar y dar respuesta en virtud de la nueva Ley de Víctimas a la reparación prometida por el estado Colombiano, en mi calidad de víctima registrada en la base de datos de  RUNPD.

Dicho trámite lo hare por la Embajada /consulado De Colombia en Buenos Aires Argentina, adjunto a esta comunicación el respectivo radicado de solicitud.

El pago de la reparación debe hacerse a través de la misma representación ya que no tengo intenciones de regresar a Colombia, ya que no existen garantías de seguridad para mi vida.

 

Agradezco su pronta respuesta,

Claudia Quintero

LA RESPUESTA DE ACCIÓN SOCIAL DEPARTAMENTO DE VICTIMAS COLOMBIA

Señora:

Claudia Yurley Quintero Rolón

 

Reciba un cordial saludo,

 

Para nosotros su comunicación es muy importante, así como la atención y orientación de las solicitudes realizadas por la población victima de la violencia. Queremos informarle que la Subdirección de Asistencia y Atencion de la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparación Integral a las Victimas, se constituye en el primer nivel de acceso de la población victima a los diferentes programas de la entidad, basado en un enfoque de realización de los derechos de las victimas reconociendo los derechos a la verdad, la justicia, la reparación  y garantía de no repetición de las mismas, para lo cual se desarrolla un conjunto de acciones en aras a la prestación de servicios de orientación y atención integral a  la población que acude a los puntos de atención y orientación donde esta Unidad hace presencia. 

 

En atención a su solicitud especifica amablemente nos permitimos informar lo siguiente:

 

Si usted ya se encuentra inscrita en alguna de las bases de datos oficiales de víctimas, no es necesario que presente nueva declaración, a menos que se trate de hechos victimizantes diferentes, o que no se haya realizado un proceso de valoración frente al hecho victimizante.

 

De acuerdo a lo establecido en la ley 1448 de 2011  en el articulo 18 se establece la gradualidad de la misma para la implementacion de las rutas para el acceso a los derechos que en la misma se establecen, por lo cual especificamente para las victimas de la violencia residentes en el exterior nos encontramos realizando los acuerdos de servicios necesarios para la atencion integral de las victimas.

 

 

Cualquier inquietud con gusto le atenderemos

 

Muchas gracias por la atencion

 

Cordialmente

 

 

 

Subdireccion de Asistencia y Atención

DIRECCION DE GESTION SOCIAL Y HUMANITARIA

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCION

Y REPARACION INTEGRAL A LAS VICTIMAS

CAROLINA EVANS

 

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